Las nuevas bonificaciones e incentivos a la contratación laboral 2023 | Esofitec
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Aplicación del Real Decreto-ley 1/2023

Entrada en vigor: 1 de septiembre de 2023

El nuevo decreto Ley unifica las diferentes disposiciones sobre las bonificaciones para incentivar las contrataciones de diversos colectivos y para mejorar la calidad del empleo en diferentes situaciones.

En este artículo, explicaremos las principales implicaciones de este decreto y cómo las empresas y asesorías pueden aprovechar sus disposiciones para las contrataciones, adecuándose en términos de seguridad jurídica y reduciendo costes. Es una oportunidad para mejorar el empleo y también para que las empresas adquieran nuevos talentos y las asesorías ofrezcan un servicio de asesoramiento laboral actualizado y con beneficios directos para sus clientes.

Qué son los incentivos a la Contratación Laboral 2023

Anteriormente las bonificaciones e incentivos estaban desperdigadas en diferentes normativas según el colectivo al que iban dirigidas o el tipo de contrato. Este nuevo Decreto Ley 1/2023 unifica estas normativas y tiene como pilar fundamental la contratación de personas desempleadas, incentivando la contratación indefinida para generar empleo estable y de calidad. Estos son los tipos de incentivos:

  • Reducción de costes laborales: La normativa introduce reducciones en las cotizaciones sociales para las empresas que contraten a personas desempleadas, especialmente de colectivos vulnerables o en situación de vulnerabilidad.
  • Contratos indefinidos incentivados: Se promueve la firma de contratos indefinidos para proporcionar una mayor estabilidad laboral a estas personas. Las empresas que opten por esta modalidad podrán disfrutar de ventajas fiscales.
  • Formación y empleo: Se destinan recursos específicos para los contratos de formación, lo que aumenta la empleabilidad.

La oportunidad para Empresas y Asesorías

Las empresas* y las asesorías pueden aprovechar las oportunidades que ofrece este Real Decreto-ley:

Contratación de talento: Las empresas pueden beneficiarse de las reducciones de costes laborales en nuevas contrataciones o en la transformación de contratos temporales por indefinidos o a tiempo parcial por a jornada completa, lo que les permite reforzar sus equipos manteniendo la competitividad.

Asesoramiento especializado: Las asesorías pueden ofrecer servicios especializados para ayudar a sus clientes a comprender y aprovechar las ventajas fiscales y las mejoras en la protección social establecidas por la normativa. Si eres una asesoría y quieres ofrecer un asesoramiento plenamente actualizado y aconsejar a tus clientes sobre la gestión de sus contrataciones, consulta la información adicional sobre nuestra solución a3Innuva Nómina

*Si tienes dudas sobre cómo calcular tus nóminas y necesitas asesoramiento para aplicarlo en tu empresa, consulta la información sobre nuestra solución para nóminas.

Qué empresas se pueden beneficiar de las bonificaciones

Todas aquellas empresas, empleadores, autónomos, sociedades, cooperativas, y entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el decreto Ley se pueden beneficiar de estas bonificaciones e incentivos. Estos requisitos son los típicos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o no haber sido inhabilitado o excluido para recibir ayudas, subvenciones o bonificaciones de este tipo. Como requisitos adicionales se incluyen:

Las empresas de más de 50 personas trabajadoras deben contar con un Plan de Igualdad.

Mantener a la persona por la cual se recibe el incentivo o bonificación al menos tres años desde la fecha del inicio del contrato o de la transformación del contrato como contempla la ley.

Hay situaciones que excluyen directamente la aplicación de estas bonificaciones, como por ejemplo, las relaciones laborarles de carácter especial, las contrataciones de parientes hasta segundo grado.

Contrataciones de personas que ya hubieran estado contratadas en los doce meses anteriores con contrato indefinido o en los últimos seis meses en caso de contratos temporales.

También quedan excluidas las contrataciones a tiempo parcial cuya jornada sea inferior al 50%.

Quiénes pueden ser destinatarias de contratos bonificados

El nuevo decreto hace foco en la generación de estabilidad laboral principalmente para personas de colectivos o en situación de vulnerabilidad. Estos son los colectivos incluidos:

  • Personas desempleadas inscritas en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo.
  • Personas con discapacidad
  • Personas en riesgo o situación de exclusión social
  • Mujeres víctimas de violencia de género
  • Mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral y mujeres en contextos de prostitución.
  • Mujeres víctimas de violencias sexuales
  • Víctimas del terrorismo
  • Personas trabajadoras que vean transformados sus contratos en contratos indefinidos.
  • Personas trabajadoras que vean mejorada su contratación por conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a tiempo completo, o de contratos fijos discontinuos en contratos indefinidos ordinarios.
  • Las cotizaciones de las personas trabajadoras sustituidas por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral o que cambian de puesto de trabajo por riesgos derivados del embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.
  • Personas trabajadoras que se incorporan como socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

Y qué tipos de contratos bonificados hay en 2023:

  • Bonificaciones a la contratación indefinida: para personas con capacidad intelectual límite, readmitidos tras cesar en la empresa por incapacidad, personas mayores de 55 años con incapacidad reincorporadas, mujeres víctimas de violencia de género y de violencia sexual, personas en situación de exclusión social, desempleados de larga duración, víctimas del terrorismo, menores de 30 años con baja cualificación beneficiarias del sistema de Garantía Juvenil.
  • Bonificaciones a la contratación temporal: contrataciones de personas desempleadas para sustituciones de bajas por riesgo durante el embarazo, lactancia, nacimiento o cuidado del menor lactante o para sustitución de trabajadores con discapacidad que tenga suspendido su contrato de trabajo por incapacidad temporal.
  • Bonificaciones en favor de las medidas de conciliación
  • Bonificaciones en contratos formativos
  • Bonificaciones para la transformación en indefinidos de contratos formativos y de relevo: transformación de contratos formativos en indefinidos o transformación de contratos de relevo en indefinidos, así como la incorporación como socio/a en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas.
  • Bonificaciones en la contratación de sectores específicos o especiales: como, por ejemplo, contratación de personal investigador predoctoral, transformación de contratos temporales en fijos-discontinuos en el sector agrario o la prolongación de los contratos fijos-discontinuos en el sector turístico, hostelería y comercio.

Consulta en detalle todos los incentivos y bonificaciones en las tablas por tipo de contrato en este artículo de Wolters Kluwer firmado por una experta en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social y en Dirección y Planificación de RRHH: https://www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/bonificaciones-contratos-novedades