El nuevo sistema de cotización para los autónomos. | Esofitec
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Tras el acuerdo al que ha llegado con las asociaciones de autónomos, la patronal (CEOE y Cepyme) y los sindicatos (UGT y CC OO) y según el Real Decreto-ley 13/2022, aprobado por el Gobierno el 26 de julio de 2022,  la cuota de autónomos para el periodo 2023 – 2025 ha cambiado. Os contamos más en este artículo.

Cuota autónomos y su evolución.

En los  últimos años, la cuota de autónomos ha experimentado un crecimiento bastante significativo. Partimos de que todos los trabajadores autónomos están obligados a cotizar en el RETA, entre una base mínima y una base máxima, pagando la cuota correspondiente.

Ya desde 2012, los autónomos que cotizan por la base mínima han visto como su cuota ha subido un 15%, casi 500 € más al año. El año 2022, después de una subida de 8 euros, se llegó a pagar 294 euros (por la base mínima de 960, 6 euros) En caso del autónomo que cotizase por la base máxima (4.139,4 euros), la cuota ascendió a 1.266,66 euros al mes.

En este gráfico se puede ver la evolución de la cuota de autónomo.

 

 

 

 

Evolucion cuota autonomo

Cambios en la cuota de autónomos.

 

cuota autonomos

Fuente: Wolters Kluwer

Fechas claves para autónomos

A partir del 1 de enero de 2023 los trabajadores autónomos han tenido que adaptarse ya a un nuevo sistema de cotización que les permitirá ajustar lo declarado en función de sus rendimientos de trabajo. Hasta el 28 de febrero pueden solicitar a la Seguridad Social a la base de cotización mensual que se ajuste a los rendimientos netos que esperan obtener de promedio mensual a lo largo del año 2023, así como informar del importe de los rendimientos netos que esperan obtener.

Junto a dicha solicitud de cambio deberán comunicar el importe de los rendimientos netos que esperan obtener.

  • 1 de marzo de 2023, si  la solicitud se realiza entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero. Entrarán en vigor en mayo.
  • 1 de mayo de 2023, si la solicitud se realiza entre el 1 de marzo y el 30 de abril. Entrarán en vigor en julio.
  • 1 de julio de 2023, si la solicitud se realiza entre el 1 de mayo y el 30 de junio. Entrarán en vigor en septiembre.
  • 1 de septiembre de 2023, si la solicitud se realiza entre el 1 de julio y el 31 de agosto. Entrarán en vigor en noviembre.
  • 1 de noviembre de 2023, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre. Entrarán en vigor en enero de 2024.
  • 1 de enero del año 2024, si la solicitud se realiza entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre. Entrarán en vigor en marzo de 2024.

Nueva tarifa plana de autónomos de 80 euros.

También se introduce una nueva tarifa plana reducida de 80 euros, para aquellos inicien el alta de autónomos por primera vez. Y que se aplicará durante los primeros 12 meses de actividad y de  24 meses para personas con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género de terrorismo.

Cómo pueden facturar los autónomos más fácilmente

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