Impuestos 2017: Cambios notables en para autónomos y pyme
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Tanto las pequeñas y medianas empresas (pymes) como las personas que trabajan por cuenta propia dadas de alta en Régimen Especial del Trabajadores Autónomos (RETA), se ven afectadas por algunos cambios importantes en materia de impuestos y fiscalidad en 2017.

Algunas de estas medidas de impuestos ya están vigentes. Sin embargo, otras muchas son propuestas en las reformas del trabajo autónomo que se están tramitando actualmente y, que de salir adelante, pueden suponer un hito importante en lo que al trabajo por cuenta propia se refiere.

Principales novedades fiscales y de impuestos para pymes y autónomos

Programa PADRE

Hasta este año, la mayor parte de las declaraciones del impuesto de la renta se presentaban con la ayuda del programa PADREun software que definitivamente ha sido suprimido este año 2017 después de que en 2016 solo fueran los autónomos los que pudieran usarlo.

Para este año, en el que se presenta la declaración correspondiente al año 2016, la herramienta que todos los contribuyentes podrán usar es Renta Web, un sitio web que puede ser usado desde cualquier plataforma con acceso a Internet, pero sin necesidad de realizar ningún tipo de descarga.

Presentación del IVA

Otro de los cambios importantes en impuestos está relacionado con la presentación del Impuesto sobre el Valor Añadido. De manera que a partir del 1 de junio de 2017, muchas empresas deberán poner en marcha un Sistema de Información Inmediata del IVA. Concretamente, las empresas que deberán hacerlo son:

– Aquellas cuya facturación supere los 6 millones de euros.

– Aquellas empresas que estén en el régimen de devolución mensual.

– Finalmente, todas aquellas que lo estimen necesario y adecuado a su actividad.

Con este nuevo sistema de impuestos se enviarán las facturas, tanto emitidas como recibidas, al 100 % en tiempo real y en un plazo de 4 días, siendo esta una medida que persigue luchar contra el fraude fiscal. No obstante, durante los 6 primeros meses de funcionamiento del sistema se permitirá ampliar dicho plazo hasta los 8 días.

Nuevas deducciones para autónomos

No todo son impuestos; en este apartado, se incorporan a la normativa distintos aspectos como los siguientes:

– Aquellos autónomos cuyo centro de trabajo sea su propia casa, no contando por tanto con ningún local afecto a su actividad, podrán deducirse un 20 % de los suministros más importantes: electricidad, agua y gas, principalmente. El cambio está justificado por el motivo de que, hasta la fecha, ese porcentaje no estaba definido, siendo responsabilidad del autónomo demostrar en qué medida los gastos de estos suministros estaban relacionados con la actividad que desarrollaba.

– Por otro lado, se contempla la posibilidad de poder deducirse el IRPF de los automóviles en términos similares a como se hace con el IVA. Esto abre la puerta a que un autónomo pueda desgravarse un 50 % de los gastos relacionados con los automóviles, tanto en el IRPF como en el IVA, es decir, por partida doble.

Cuota de autónomos

La nueva ley de autónomos recoge la posibilidad de ampliar a 12 meses la tarifa plana para nuevos autónomos. Por su lado, queda pendiente concretar la subida que afectará a la cuota mensual, tanto mínima como máxima.

Otros cambios importantes

– Se podrá compatibilizar la pensión de jubilación con el desarrollo de una actividad por cuenta propia.

– Las altas y bajas en el RETA se empezarán a contabilizar desde el mismo día de la comunicación.

– A partir de este año, la base de cotización puede ser modificada hasta en 4 ocasiones.

En principio, estos son algunos de los cambios más importantes a nivel de impuestos. No obstante, la tramitación de la nueva ley de autónomos puede incorporar otras muchas novedades incluso más significativas, por lo que será necesario estudiar su texto una vez que resulte aprobado.